miércoles, 9 de abril de 2014

Actualización del crédito de formación para 2014

Mañana de 15:00 a 20:00 no funcionará la aplicación telemática de la FTFE, van a actualizar los datos por lo que a partir de mañana ya tendremos los créditos de formación actualizados para este año 2014

Os adjunto el link de la noticia en la web de la FTFE.
http://www.fundaciontripartita.org/index.asp?MP=4&MS=105&TR=A&IDR=11&id=677

lunes, 4 de noviembre de 2013

Se acaban los 420€ para formación?

Leo esta tarde con estupor un post de Sergio Oliva donde dice que el PP se está planteando acabar con el crédito mínimo de 420 € para formación de las micropymes. Os adjunto el link.
http://www.sergioolivaayllon.com/index.php/noticias/item/159-fin-de-los-420

Al final de ese post, enlaza con el pdf de de la web del PP, fudnte de la noticia, es decir, no es ningún farol, es algo documentado.

Esta noticia me genera cierta contradicción,  ya que de todos es sabido la mala praxis de muchas entidades organizadoras a la hora de gsstionar el crédito de estas micropymes,  es este argumento en el que se ampara el PP para formular su propuesta,  para mí,  esto no es más que una cortina de humo, para pegarle un nuevo hachazo a la formación,  ya que la cantidad de millones de € que se ahorran, es una  barbaridad.

Esto tiene dos partes negativas muy claras:
1. Es un ataque a la línea de flotacion del sector, ya que hay muchas empresas que viven de la venta de formación de catálogo.
2. Muchas micropymes no podrán abaratar costes en la formación de sus trabajadores.

Esta medida supone además que pagan justos por pecadores, y que sale perjudicado el que hacía bien las cosas, esto se solucionaría incrementando los  controles y sancionando la mala praxis, pero en época de recortes, es más fácil cortar por lo sano.

Hace unos años, un antiguo jefe mío me dijo una frase que me quedó marcada:" un país que no invierte en formación,  está muerto".
Visto lo visto, aquí,  poco nos queda de vida

lunes, 14 de enero de 2013

Baja por maternidad y formación bonificada

Una de las consultas más habituales que nos suelen hacer es saber si una persona de baja por maternidad, puede asistir a un curso de formación bonificada en su empresa.

En principio, no parece que exista obstáculo en conciliar esta situación de baja por maternidad una vez que la mujer está ya recuperada, con la asistencia a algún curso de formación.

Se recomienda que esta trabajadora, en situación de baja maternal, solicite un Informe Médico en el que se declare que tanto la madre y el hijo se encuentran en buen estado de salud, y se aporte a la empresa.


No obstante, lo que no sería compatible con la finalidad atribuida a esta situación (cuidado de hijos) es la asistencia a cursos de formación que se prolongan durante amplios períodos dentro de la duración de la baja y que al mismo tiempo afecten a gran parte de la jornada diaria.

Por tanto, en el supuesto que la formación se adecue a las observaciones anteriormente indicadas, la empresa podría bonificarse por esta trabajador/a.

Moraleja, en estos casos se aconseja utilizar el sentido común y la lógica. 

jueves, 15 de marzo de 2012

las empresas del sector agrario ya disponen de crédito de formación

El 1 de Enero de 2012 se produjo la la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, esto supone que las empresas agrarias disponen ahora de créditos formativos.

Estos créditos formativos se articularán en este primer año como si fueran empresas de nueva creación:
Los créditos formativos de los que dispondrán las empresas agrarias será de 65,00€ por trabajador. Si el importe del crédito final multiplicado por el número de trabajadores fuere inferior a 420,00€, éste será la cantidad mínima de crédito formativo. Si la cantidad total resultante de multiplicar el número de trabajadores por el importe anteriormente mencionado excediera de tal cantidad, esa será el importe total del crédito formativo de la empresa agraria.  

lunes, 13 de febrero de 2012

Como afecta la reforma laboral a la formación profesional para el empleo

Este fin de semana se ha publicado en el BOE  la reforma laboral aprobada el viernes en Consejo de Ministros, no es el objetivo de este post entrar a valorarla, sino ver como afecta a la formación profesional para el empleo


En un primer análisis, el tema estrella relacionado con la cuenta de formación, a través de la cual cada trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación pagada por la empresa, solo aparece nombrado, está pendiente de desarrollo.


Las modificaciones del RD 395/2007, solo afectan a los planes de formación de oferta, así que la formación bonificada que es lo que nos interesa en este blog, en principio no sufre modificaciones

miércoles, 14 de diciembre de 2011

EL SISTEMA DE FORMACIÓN BONIFICADA



Hoy hemos leído en la web de el confidencial que solo el 8,6% de las empresas españolas acceden al sistema de formación bonificada.

Está claro que es un % bajísimo, y que si se desgrana un poco más es dato es aun peor, ya que el % de empresa que acceden a este sistema de formación bonificada es menor cuantos menos trabajadores tiene, y partiendo de la base que alrededor del 80% de las empresas españolas tienen menos de 5 trabajadores, el panorama es desolador.

Así que una vez hemos leído la noticia la hemos tuiteado y al poco rato, nos contestan consultándonos cuales creemos que serían las causas, dado que en 140 caracteres es imposible, intentaremos en este post exponer a nuestro juicio cuales son las causas de que este sistema de formación no funcione mejor entre las empresas españolas.

  1. Falta de difusión pública, en estos casos siempre pongo el ejemplo del carnet por puntos, aunque no sea comparable, el carnet por puntos nos lo metieron por los ojos, y toso el mundo estaba al tanto, este punto echamos en falta una mejor y mayor labor de difusión por parte del estado, ya que muchas veces te encuentras con empresas que desconocen el tema y cuando se lo explicas desconfían de ti.
  2. Es un sistema que favorece a las empresas grandes, que son las que mejor utilizan este sistema en detrimento de las pequeñas, y la separación de empresas no está bien planteada, y más ahora en tiempos de crisis. Hasta 25 trabajadores no debería existir la aportación privada, entre 25 y 50 trabajadores podría ser de un 5%, entre 51 y 100 un 10% entre 101 y 250 un 20% y más de 250 un 40%.
  3. Los autónomos son los grandes olvidados de este sistema, estamos de acuerdo en que estos fondos provienen de las aportaciones de las nóminas a formación profesional y que los autónomos nos cotizan por este concepto, pero si somos conscientes de que el 80% de las empresas tienen menos de 5 trabajadores y un % muy alto ninguno, habría que buscar una fórmula que permitiera acceder a los autónomos al sistema
  4. La picaresca está al orden del día, y la formación bonificada no es formación gratuita, esto ya lo explicamos en un post anterior,  esto conlleva a que este tipo de engaños también cansan al empresario, que se siente engañado, ha tenido una mala experiencia en este sentido y no quiere saber nada de este tema.


Estas son algunas de las causas que nosotros identificamos, de las múltiples que existen, así que este post queda abierto a vuestros comentarios para seguir añadiendo más causas.

miércoles, 30 de noviembre de 2011

APLICACIÓN DE BONIFICACIONES


La entrada de hoy es un poco perogrullada, pero quería hacer hincapié en algo que estamos detectando en este final de año y que queríamos compartir con vosotros para saber si es casualidad o algo generalizado.

El tema es el siguiente, se acaba el año y se incrementa  el volumen de cursos bonificados, a la hora de consultar el crédito nos encontramos con desfases entre el crédito dispuesto y la bonificación aplicada, esto puede tener dos causas:
  1. Las entidades organizadoras finalizan el curso en cuanto se cumplen los trámites y las empresas bonificadas esperan a fin de año a bonificar los cursos, en este caso el tema está controlado y no hay mayor problema.
  2. Las entidades organizadoras finalizan el curso y las empresas bonificadas no aplican la correspondiente bonificación.

Es en este segundo caso donde surge la incidencia, ya que muchas empresas, no aplican la bonificación en los seguros sociales, bien porque se olvidan, porque no lo comunican a la asesoría o no saben el trámite que hay que hacer para aplicarse esta bonificación.

Es aquí donde las entidades organizadoras deben ayudar también a las empresas, informándoles en el momento de enviarles la factura del trámite que tengan que hacer, para poder aplicarse la bonificación, es una información que no cuesta nada ofrecerla y generamos confianza con el cliente. 

jueves, 3 de noviembre de 2011

QUE NO TE PILLE EL TORO


Llega el final de año y el período de consumo de crédito de formación se acaba, lo que no se consuma ahora se pierde, por eso es una época un poco de locura en el tema de la formación bonificada.

Esta locura a veces hace que las ramas no nos dejen ver el bosque, y nos bonificamos de más crédito del que nos corresponde, esta es una de las causas más frecuentes de devolución de crédito en las conciliaciones posteriores.

Muchas veces esto se produce porque los créditos no se actualizan hasta abril del año en curso, esto es los créditos de 2011 se actualizan en abril de 2011, si lo consultamos antes de la actualización, el dato no está validado, y muchas veces ahora a final de año con las prisas no se coteja el dato y se aplican bonificaciones indebidas.

Ya que las prisas nos son buenas consejeras, y para que no nos pille el toro, antes de iniciar una acción formativa es mejor cotejar el crédito disponible.

Si ya hemos cometido el error de bonificarnos de más, aun estamos a tiempo de subsanarlo, basta con realizar una transferencia con el importe a devolver a la siguiente cuenta:

TITULAR CUENTA: SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
BANCO DE ESPAÑA ALCALA 50, 280014 MADRID
ES32 9000 0001 2002 03450 5128

No olvidéis en la transferencia indicar los siguientes datos para que os puedan localizar:

  • RAZÓN SOCIAL
  • CIF
  • Nº EXPEDIENTE
Con el justificante de la transferencia no está de más enviar un escrito vía fax a la FTFE indicando que haces una devolución voluntaria de crédito y adjuntar el justificante de la transferencia.

Para que os den el nº de fax a donde hay que enviarlo lo mejor es llamar al 902183183.

jueves, 6 de octubre de 2011

DIFERENCIAS ENTRE FORMACIÓN SUBVENCIONADA Y FORMACIÓN BONIFICADA


Leyendo algunos blogs sobre formación últimamente nos hemos encontrado cierto grado de confusión entre formación subvencionada y formación bonificada, nos gustaría hacer un breve análisis de cada una y ver las diferencias existentes.

Haciendo un poco de historia, desde 1993, la formación y el reciclaje profesional de los trabajadores ocupados se ha regulado a través de Acuerdos Nacionales de Formación Continua, suscritos entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y entre éstas y el Gobierno, lo que en un principio se llamaba FORCEM y posteriormente desembocó en la FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO

Se establecían dos “tipos” de formación, la de oferta y la de demanda, gestionada básicamente a través de Agentes Sociales.

El marco jurídico que rige la formación continua actualmente nace en el año 2003, a través del Real Decreto 1046/2003 de 1 de agosto, donde se establecen una serie de mejoras, entre las que se incluye una de las novedades más importantes, ya que se establece, la necesidad de que las ayudas de formación continua se extiendan al mayor número de empresas, especialmente a las pymes, que constituyen la mayor parte de nuestro tejido productivo.

Por último, en 2007, a través del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, se establece el actual modelo de formación profesional para el empleo.

Este cambio es fundamental, ya que hasta el año 2003, tanto en la formación de oferta como la de demanda, las empresas tenían poco margen de decisión, los fondos públicos destinados a formación, estaban gestionados por los agentes sociales, este cambio legislativo trae como consecuencia la separación de la formación subvencionada de la formación bonificada

FORMACIÓN SUBVENCIONADA

Es la comúnmente denominada formación de oferta, y puede ser solicitada por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, organizaciones de economía social y organizaciones de autónomos.

Es la formación impartida a través de agentes sociales.

Son los “famosos” cursos gratuitos en los que participan los trabajadores de forma individual, sin que sea necesaria la participación de la empresa.

FORMACIÓN BONIFICADA

Es la gran novedad que surge a partir del año 2003 y sustituye a la formación de demanda, las empresas pueden decidir que tipo de formación quieren impartir a sus trabajadores, y se establece un crédito de formación que cada empresa puede utilizar anualmente, este crédito se calcula en función de lo que la empresa cotiza en formación profesional de sus empleados.

Las empresas que hacen formación bonificada, deben pagar el curso y después se pueden bonificar el importe del mismo a través de los seguros sociales. No existe el concepto subvención, ya que la empresa debe pagar el curso para poder optar a “descontarse” el importe del mismo a través de los seguros sociales.

Es la empresa la que decide que formación quiere que realicen sus trabajadores

Es por ello que el concepto formación bonificada subvencionada es incorrecto, la formación subvencionada es la formación de oferta, la gestionada a través de Agentes sociales.

Mientras que la formación bonificada es la que puede gestionar la empresa directamente

miércoles, 7 de septiembre de 2011

PLAZOS PARA LA BONIFICACIÓN DE LA FORMACIÓN EN EL TC DE LA EMPRESA

Con la llegada del último trimestre del año, se incrementa el consumo del crédito de  formación, ya que si no se pierde, los meses de Diciembre del año en curso y Enero del año siguiente, si bien los cursos deben finalizar antes del 31 de diciembre.

Es obligatorio realizar de un modo ordenado los siguientes pasos:
1º Mecanizar en la Aplicación Informática los datos de todos los alumnos que han finalizado los cursos.

2º Señalar en el apartado de Costes, las cantidades de Impartición y Organización, los Costes Salariales, el mes y cantidad a bonificar.

3º Realizar Comunicación Finalización de los grupos. (Notificar + Firmar).

4º La última alternativa es bonificar en los seguros sociales del mes de diciembre, que se presentan en enero del año siguiente.

Si se utiliza el sistema Red y el pago a la Seguridad Social es domiciliado en cuenta bancaria: el último día es el 18 de enero.

Si se utiliza el Sistema Red y el pago es electrónico, cajero o ingreso en ventanilla: el último día es el 27 de enero.

En formato papel: el último día es el 31 enero.

El pago de las facturas debe realizarse también antes del último día de presentación del TC