Solo una apreciación, estos colectivos prioritarios se deben cumplir por CIF y volumen de crédito consumido, no es necesario cumplirlos grupo a grupo, se hace cómputo general a final de año, es por ello que se pueden formar grupos sin cumplir este requisito, siempre y cuando formemos otro grupo de compensación.
A modo de consejo, si como entidad organizadora controláis toda la formación bonificada de la empresa, esto se puede hacer, ya que formamos un grupo con 0 colectivos prioritarios y lo compensamos con otro grupo donde formemos un 100%.
Ahora bien, si la empresa NO PYME os contrata la impartición de una acción formativa puntual, nuestro consejo es intentar siempre cumplir con el % exigido por la FTFE en nuestra acción formativa, de modo que si al final del año, no cumplen el requisito, por lo menos que nuestra acción formativa si la cumpla y no nos puedan reprochar nada.
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